Cambio normativo clave para el sector inmobiliario
A partir del 12 de agosto de 2025, entra en vigor en España una modificación legal decisiva para quienes intervienen en procesos de compraventa con financiación: el Certificado de Eficiencia Energética (CEE) será obligatorio para todas las tasaciones hipotecarias con finalidad financiera, según la Orden ECM/599/2025, publicada el pasado 10 de junio en el BOE.
Esta nueva exigencia afecta directamente a tasadores, compradores, vendedores y entidades financieras, ya que sin un CEE vigente y registrado no podrá emitirse la tasación necesaria para conceder una hipoteca.
¿Qué cambia exactamente?
La Orden ECM/599/2025 actualiza el marco legal que regula las tasaciones de inmuebles en España, concretamente modificando la conocida Orden ECO/805/2003. Su objetivo es alinear el sistema de valoración inmobiliaria con los estándares europeos de sostenibilidad, incorporando criterios como:
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Impacto energético del edificio
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Valor residual en función de su eficiencia
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Costes operativos a medio y largo plazo
En este contexto, el CEE pasa de ser un trámite deseable a un documento obligatorio en los informes de tasación con finalidad hipotecaria.
¿A quién afecta?
Perfil | Implicación clave |
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Tasadores | No podrán emitir tasaciones válidas sin incluir el CEE registrado y vigente. |
Vendedores | Si el comprador necesita hipoteca, deben aportar el CEE para no bloquear la venta. |
Compradores | Antes de firmar arras, deben comprobar que el inmueble tiene un CEE válido. |
Entidades financieras | No podrán tramitar ni aprobar hipotecas sin el CEE debidamente registrado. |
¿Qué documentos se exigen?
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Edificios existentes: CEE registrado, vigente y correspondiente a la vivienda.
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Edificios en construcción o proyecto: CEE + justificante de solicitud de inscripción en el registro oficial. Ambos deben coincidir.
No se contemplan excepciones: la norma es de obligado cumplimiento para todas las operaciones hipotecarias a partir del 12 de agosto de 2025.
¿Qué implica para el mercado inmobiliario?
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Mayor transparencia: El CEE ofrecerá a compradores e inversores una visión más realista del coste energético de un inmueble.
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Efecto en el valor de mercado: Propiedades con mejor calificación energética podrían valorarse más positivamente en tasaciones.
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Agilización de procesos: Garantizar que todos los actores tienen la misma información técnica desde el inicio.
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Impulso a la sostenibilidad: Incentiva a propietarios y promotores a mejorar la eficiencia energética de sus inmuebles.
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Conclusión
La inclusión del CEE en las tasaciones hipotecarias marca un antes y un después en el sector inmobiliario. No es solo una medida técnica: es un paso hacia un mercado más transparente, sostenible y eficiente.
Si estás vendiendo, comprando o buscando financiación para una propiedad, asegúrate de contar con un CEE vigente y registrado. Y si no lo tienes, consúltanos: nos encargamos de todo.
Fuentes consultadas:
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BOE – Orden ECM/599/2025: boe.es
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Idealista (2025): “La tasación hipotecaria exigirá un certificado energético desde agosto”
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Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO): Información oficial sobre certificados energéticos
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Unión Europea – Directiva 2010/31/UE sobre la eficiencia energética de los edificios